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Preguntas Frecuentes

FAQ

Preguntas Generales

  1. Acceso a estudio en los centros académicos europeos con la tarifa establecida para los ciudadanos de la UE.
  2. Derecho a residir y trabajar en cualquier país de la Unión Europea (la libre circulación de los trabajadores es un principio fundamental).
  3. Entrada sin visado a varios países, no sólo en Europa, sino en el resto del mundo.
  4. Acceso a cobertura médica en los países de la UE (ciertos tipos de cobertura pueden transferirse entre países miembro).
  5. Acceso a un régimen fiscal que puede ser interesante para quienes tengan su residencia fiscal en Portugal

En virtud del Decreto-Ley Nº 30-A/2015, la solicitud de nacionalidad portuguesa por origen sefardí se establece como una causal adicional al régimen de nacionalidades y no tiene fecha límite. No obstante, lo anterior, se han trabajado algunos proyectos de reforma cuyo fin radica en exigir requisitos adicionales a los actuales. Hasta el momento ninguno ha prosperado.

Sí. Si bien es cierto que la causal aplica únicamente para personas mayores de dieciocho (18) años, esto no quiere decir que los menores no puedan aplicar a la nacionalidad portuguesa cuando el padre o la madre hayan adquirido la nacionalidad por esa vía. Una vez adquirida la nacionalidad por alguno de los padres, los menores podrán acceder a la nacionalidad cumpliendo los requisitos establecidos en el régimen general de nacionalidad para el efecto.

Cada solicitud es independiente, por lo cual aun cuando se trate de un mismo bloque familiar, el proceso debe realizarse de manera individual para cada solicitante.

No. La Ley está abierta a todas las personas que puedan probar su ascendencia sefardí. Sin embargo, algunas comunidades israelitas de Portugal exigen “práctica de fe” para emitir el certificado de origen sefardí.

A continuación, se describen brevemente los pasos que recomendamos para realizar el trámite:

Análisis de viabilidad: es el estudio mediante el cual los expertos en genealogía analizan, no solo si la persona que desea aplicar desciende de un judío sefardí, sino también si existen las pruebas necesarias para determinar el vínculo entre el solicitante y el judío sefardita.

Obtención del certificado de origen sefardí expedido por una comunidad judía reconocida en Portugal: para poder radicar la solicitud ante el Ministerio de Justicia de Portugal, se debe anexar un certificado de origen sefardí expedido por alguna de las comunidades israelitas portuguesas habilitadas legalmente para emitirlo. Para esto, se deben enviar todas las pruebas que conecten al solicitante con el judío expulsado de la península ibérica.

Solicitud formal de nacionalización: una vez obtenido el certificado por parte de la comunidad israelí de Portugal, se debe preparar la solicitud formal de la nacionalidad cumpliendo los requisitos legales establecidos para el efecto, la cual debe ser presentada ante una oficina del Ministerio de Justicia de Portugal.

Concesión de la nacionalidad: una vez concedida la nacionalidad, se inscribirá el nacimiento en el registro civil central de Portugal y el solicitante deberá finalizar los trámites en el Consulado Portugués de su residencia habitual.

Pueden presentar esta solicitud las personas mayores de dieciocho (18) años que logren probar su ascendencia con alguno de los sefarditas provenientes de la península ibérica.  Según El Decreto-Ley Nº 30-A/2015, la condición probatoria de judío sefardita se adquiere en la medida en que se pueda demostrar que el solicitante desciende de las antiguas comunidades judías españolas o portuguesas de la Península Ibérica.

No. Lo importante es proporcionar pruebas de la relación familiar (genealógica) del solicitante con un antepasado directo de origen sefardí. Se puede probar con cualquier documento que demuestre el vínculo como partidas de bautismo, de defunción, de matrimonio, testamentos, libros de tradición familiar, y en general, cualquier prueba documental que soporte la respectiva ascendencia y el origen sefardí del antepasado.

No. El Decreto-Ley N° 30-A/2015 específica que solo las personas mayores de edad pueden aplicar por esta causal.

Normalmente, las comunidades judías se están demorando en promedio hasta 9 meses para emitir el certificado sefardí. El trámite ante el Ministerio de Justicia Portugués dura aproximadamente dos años.

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